El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar todas aquellas personas físicas o jurídicas que hayan realizado operaciones con terceros por un valor superior a 3.005,06 euros durante el año natural anterior. Esta declaración es obligatoria para aquellos contribuyentes que hayan realizado actividades empresariales o profesionales, y tiene como objetivo que la Agencia Tributaria pueda conocer y controlar las operaciones entre empresas y profesionales.
En esta ocasión, se abordará la temática de ¿quién está obligado a hacer el modelo 347? Se explicará en detalle quiénes son los contribuyentes que deben presentar esta declaración, así como las implicaciones que conlleva su incumplimiento. Es importante tener en cuenta que, aunque la presentación del modelo 347 puede parecer un trámite engorroso, es fundamental cumplir con esta obligación tributaria para evitar posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
Descubre quiénes están exentos de presentar el modelo 347 en España
El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar los empresarios y profesionales en España para informar a la Agencia Tributaria sobre las operaciones realizadas con terceros durante el año anterior. Sin embargo, existen ciertos casos en los que no es obligatorio presentar este modelo.
¿Quiénes están obligados a hacer el modelo 347?
Según la normativa española, están obligados a presentar el modelo 347 aquellos empresarios y profesionales que hayan realizado operaciones con terceros por un importe superior a 3.005,06€ durante el año anterior. Además, también deben presentar este modelo aquellos que hayan realizado operaciones inmobiliarias por un importe superior a 300,51€.
¿Quiénes están exentos de presentar el modelo 347?
Existen varios casos en los que no es obligatorio presentar el modelo 347 en España. Uno de ellos es cuando el volumen de operaciones realizadas con un mismo proveedor o cliente no supera los 3.005,06€ durante el año anterior.
También están exentos de presentar este modelo aquellos empresarios y profesionales que desarrollen actividades exentas de IVA o que estén acogidos al régimen simplificado o al régimen especial de la agricultura, ganadería o pesca.
Además, no es obligatorio presentar el modelo 347 cuando se trate de operaciones realizadas con entidades públicas o cuando las operaciones se realicen en el ámbito internacional y no estén sujetas a retención o ingreso a cuenta en España.
Descubre si debes presentar el modelo 347: Guía paso a paso
El modelo 347 es un documento informativo que las empresas deben presentar anualmente a la Agencia Tributaria. Su objetivo es declarar todas las operaciones realizadas con terceros que superen los 3.005,06 euros durante el año fiscal anterior.
¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 347?
Deben presentar este modelo las personas físicas o jurídicas, así como las entidades sin personalidad jurídica que realicen actividades empresariales o profesionales y cumplan con los siguientes requisitos:
- Haber realizado operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros durante el año fiscal anterior.
- Que el importe total de las operaciones realizadas con cada uno de los terceros durante el año fiscal anterior supere los 300,51 euros.
- Que las operaciones realizadas se encuentren sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o Impuesto General Indirecto Canario (IGIC).
Es importante tener en cuenta que si la empresa ha realizado operaciones con terceros que no superan los 3.005,06 euros durante el año fiscal anterior, no tendrá que presentar el modelo 347.
¿Cómo se presenta el modelo 347?
El modelo 347 se debe presentar de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, se necesita tener un certificado digital o DNI electrónico. El plazo para presentar este modelo es del 1 al 31 de marzo de cada año.
Una vez presentado, la empresa deberá enviar una copia del modelo 347 a todos los terceros con los que haya realizado operaciones durante el año fiscal anterior, siempre y cuando el importe de dichas operaciones supere los 3.005,06 euros. Este envío se puede realizar de forma electrónica o en papel.
Conclusión
Este se debe presentar de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y enviar una copia a todos los terceros con los que haya realizado operaciones.
Consecuencias de no presentar el modelo 347: Todo lo que necesitas saber
El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que hayan realizado operaciones con terceros por un importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural anterior. La presentación de este modelo es obligatoria y su plazo finaliza el 28 de febrero de cada año.
Aquellos contribuyentes que no cumplan con su obligación de presentar el modelo 347 en plazo o lo presenten de manera incompleta o inexacta, se enfrentan a una serie de consecuencias que pueden resultar gravosas para su economía:
- Multas: La no presentación del modelo 347 o su presentación fuera de plazo puede conllevar una sanción de hasta 20.000 euros, según el grado de infracción. Además, si se detectan errores o inexactitudes en la información declarada, se pueden aplicar multas que oscilan entre el 1% y el 2% del importe de las operaciones no declaradas o declaradas de forma incorrecta.
- Recargos: Si se presenta el modelo fuera de plazo, se pueden aplicar recargos que van desde el 1% hasta el 20% del importe a pagar, dependiendo del tiempo transcurrido desde el vencimiento del plazo.
- Problemas con Hacienda: La no presentación del modelo 347 puede generar desconfianza por parte de la Agencia Tributaria, que podría tomar medidas más restrictivas en el control y seguimiento de la actividad del contribuyente.
- Pérdida de derechos y beneficios fiscales: La presentación del modelo 347 es un requisito para poder optar a determinados beneficios fiscales, como la exención del IVA en las operaciones intracomunitarias o la deducción de las cuotas soportadas por la adquisición de bienes y servicios en el extranjero.
Por lo tanto, es fundamental que los contribuyentes que estén obligados a presentar el modelo 347 cumplan con su obligación en plazo y de manera correcta, para evitar consecuencias negativas para su actividad empresarial y su economía.
Descubre qué operaciones debes incluir en el modelo 347
El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar las personas y entidades que realicen operaciones con terceros por importe igual o superior a 3.005,06 euros durante el año natural. Esta declaración tiene como objetivo que la Agencia Tributaria pueda controlar y comprobar la veracidad de las operaciones declaradas por los contribuyentes.
Si estás obligado a presentar el modelo 347, es importante que sepas qué operaciones debes incluir en él para evitar posibles sanciones o errores en la declaración. A continuación, te explicamos las operaciones que debes incluir en el modelo 347:
Operaciones económicas
Debes incluir todas las operaciones económicas que hayas realizado con terceros por importe igual o superior a 3.005,06 euros durante el año natural. Esto incluye:
- Compras y ventas de bienes y servicios.
- Arrendamientos y alquileres de bienes muebles e inmuebles.
- Prestaciones de servicios realizadas por profesionales o empresarios, como por ejemplo, trabajos de construcción, reparaciones, asesorías, etc.
- Subvenciones, ayudas o donaciones recibidas o concedidas.
Operaciones financieras
También debes incluir en el modelo 347 todas las operaciones financieras realizadas con terceros por importe igual o superior a 6.000 euros durante el año natural. Esto incluye:
- Préstamos recibidos o concedidos.
- Avales, fianzas y garantías.
- Compra y venta de valores y acciones.
- Depósitos bancarios.
Es importante tener en cuenta que no debes incluir en el modelo 347 las operaciones realizadas con particulares que no actúen como empresarios o profesionales, salvo que se trate de alquileres de bienes inmuebles.
En resumen, el modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar todos aquellos autónomos y empresas que hayan realizado operaciones con terceros por un importe igual o superior a 3.005,06 euros durante el año fiscal anterior. Aunque puede resultar un trámite engorroso, es importante cumplir con esta obligación fiscal para evitar posibles sanciones o multas por parte de la Agencia Tributaria. Además, presentar el modelo 347 puede ser beneficioso para la empresa, ya que permite conocer con precisión el volumen de operaciones realizadas con clientes y proveedores y, por tanto, tomar decisiones estratégicas para el futuro. En definitiva, es necesario estar informado y cumplir con las obligaciones fiscales para evitar problemas y asegurar el correcto funcionamiento del negocio.