¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?

El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar los empresarios y profesionales que realizan operaciones con terceros por un importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural. Esta declaración tiene como objetivo informar a la Agencia Tributaria sobre las operaciones realizadas con clientes y proveedores, y es una herramienta fundamental para detectar posibles fraudes fiscales.

En esta ocasión, vamos a profundizar en la obligatoriedad de presentar el modelo 347. ¿Quiénes están obligados a hacerlo? ¿Qué consecuencias puede tener su incumplimiento? A continuación, responderemos a estas y otras preguntas para que puedas estar al día sobre esta importante declaración informativa.

¿Cuándo presentar el modelo 347? Descubre las obligaciones fiscales que debes conocer

El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar las personas y entidades que hayan realizado operaciones con terceros por un importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural anterior. Esta declaración se presenta ante la Agencia Tributaria y su objetivo es permitir el control fiscal y detectar posibles fraudes.

Es importante destacar que la obligación de presentar el modelo 347 recae tanto en personas físicas como jurídicas, ya sean empresarios o profesionales, y se extiende a todas las actividades económicas, incluyendo tanto las ventas como las compras de bienes y servicios.

El plazo para presentar el modelo 347 es el mes de febrero, concretamente entre los días 1 y 28. Es importante respetar este plazo, ya que su incumplimiento puede conllevar sanciones económicas.

Además, es importante tener en cuenta que en la declaración se deben incluir todas las operaciones realizadas con terceros, independientemente de si se han pagado o no. Es decir, si se ha emitido una factura por un importe superior a 3.005,06 euros, aunque no se haya cobrado, debe incluirse en la declaración.

Por otro lado, es fundamental asegurarse de que la información que se incluye en el modelo 347 es correcta y completa, ya que en caso contrario también pueden imponerse sanciones. Por ello, es recomendable revisar todas las facturas y comprobantes de pago antes de presentar la declaración.

Por tanto, es importante conocer las obligaciones fiscales y estar al día en cuanto a las normativas aplicables para evitar posibles sanciones.

Descubre las operaciones excluidas del modelo 347: Guía completa

El modelo 347 es una declaración informativa que deben presentar anualmente los empresarios y profesionales que realizan operaciones con terceros por un importe superior a los 3.005,06 euros durante el año natural. Sin embargo, existen ciertas operaciones que están excluidas de esta declaración y que conviene conocer para no incluirlas en el modelo 347.

Operaciones excluidas del modelo 347

Entre las operaciones que no deben incluirse en el modelo 347 encontramos:

  • Operaciones interiores: Las operaciones realizadas en el territorio español y que no tienen implicaciones en el comercio internacional quedan excluidas del modelo 347.
  • Operaciones con particulares: Las operaciones realizadas con particulares, es decir, aquellas personas físicas que no realizan actividades empresariales o profesionales, también quedan excluidas del modelo 347.
  • Operaciones con entidades públicas: Las operaciones realizadas con entidades públicas, como por ejemplo, el Ayuntamiento o la Seguridad Social, quedan excluidas del modelo 347.
  • Operaciones de entrega de bienes inmuebles: Las operaciones de entrega de bienes inmuebles, como la venta de una vivienda o un local comercial, quedan excluidas del modelo 347.
  • Operaciones de carácter financiero: Las operaciones de carácter financiero, como los préstamos o los seguros, quedan excluidas del modelo 347.
  • Operaciones de carácter social: Las operaciones de carácter social, como las donaciones o las subvenciones, quedan excluidas del modelo 347.

Es importante tener en cuenta que, aunque estas operaciones estén excluidas del modelo 347, sí deben ser incluidas en la contabilidad de la empresa o profesional y en el correspondiente registro de facturas emitidas y recibidas.

En conclusión, la presentación del modelo 347 es una obligación fiscal que deben cumplir todas aquellas empresas y profesionales que hayan realizado operaciones con terceros por un importe igual o superior a 3.005,06 euros durante el año natural anterior. Aunque pueda resultar un trámite tedioso, es importante cumplir con esta obligación para evitar posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria. Por tanto, es recomendable estar al día con los plazos y requisitos que establece la normativa para presentar el modelo 347 y así evitar complicaciones innecesarias en el futuro.

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